Información legal · Actualizada el 27 de agosto de 2026
Tatuaje, consentimiento y cuidados
Información previa, mayoría de edad, riesgos, cuidados y responsabilidades.
1. Naturaleza permanente y consentimiento
El tatuaje es permanente: ES PARA TODA LA VIDA. Antes de comenzar se explicarán técnica, zona, diseño, riesgos previsibles, cuidados y alternativas. La firma del consentimiento se realiza tras poder leer el documento completo, recibir respuestas y decidir libremente; documenta la información y voluntad, pero no sustituye las obligaciones profesionales del estudio.
2. Edad y capacidad
The Inktopus no tatúa a menores de 18 años. Se verificará la identidad con documento oficial. Para perforaciones u otros servicios a menores, si se ofrecieran, se exigirá presencia y acreditación del representante legal y se aplicará la normativa sanitaria vigente; el estudio puede establecer límites más estrictos.
3. Información que debe comunicar el cliente
El cliente debe responder con veracidad sobre alergias, medicación, embarazo, inmunosupresión, problemas de coagulación, diabetes, cicatrización, enfermedades cutáneas y cualquier circunstancia relevante. No debe acudir bajo efectos de alcohol o drogas. Si existe enfermedad o lesión visible en la piel, no se realizará la práctica salvo informe médico adecuado.
4. Riesgos y resultado
Según el procedimiento pueden producirse dolor, inflamación, sangrado, reacción alérgica, infección, cicatriz o queloide. En tatuaje y micropigmentación puede haber migración o reacción al pigmento y variaciones de color, línea o definición; en piercing o modificación corporal, migración, rechazo, desgarro, incrustación o lesión de nervios o vasos; y en láser, ampollas, quemadura, cambios de pigmentación, oscurecimiento paradójico, eliminación incompleta o cicatriz. El resultado curado depende de la piel, zona, exposición, hábitos y cuidados, por lo que ningún resultado biológico o estético puede garantizarse de forma absoluta.
Advertencia específica sobre todas las tintas y pigmentos
Cualquier tinta o pigmento, sea negro, blanco o de color, puede provocar reacciones irritativas, alérgicas o inflamatorias inmediatas o tardías, incluso sin antecedentes conocidos y aunque el producto esté autorizado y se utilice correctamente. Las reacciones alérgicas persistentes se describen con mayor frecuencia en pigmentos rojos y sus tonalidades; también se han documentado reacciones en pigmentos azules y verdes, y reacciones relacionadas con la luz en algunos amarillos. Entre sus posibles manifestaciones se incluyen picor persistente, enrojecimiento, hinchazón, placas, ampollas, nódulos o granulomas, fotosensibilidad, alteración del color, cicatriz o sensibilización permanente. La reacción puede precisar valoración sanitaria, tratamiento médico o retirada parcial o total del pigmento; esta retirada puede ser difícil, incompleta y dejar secuelas. Una prueba previa no permite garantizar que no aparezca una reacción posterior.
La persona cliente debe comunicar toda alergia o reacción previa y aceptar esta advertencia de manera expresa y separada.
5. Cuidados posteriores
- Siga la hoja personalizada entregada por el profesional y mantenga la zona limpia sin manipularla.
- No arranque costras, no rasque y evite piscinas, saunas, baños prolongados y sol directo durante la curación.
- Use solo los productos indicados, con manos limpias, y ropa que no roce la zona.
- Tras la curación, proteja del sol para conservar el tatuaje.
- Ante dolor creciente, calor intenso, pus, fiebre, reacción extensa o cualquier signo preocupante, contacte con un profesional sanitario; no se automedique.
6. Asunción de riesgos y reparto legítimo de responsabilidades
El cliente asume los riesgos normales e inherentes que le hayan sido explicados, las particularidades de su evolución biológica y las consecuencias que tengan su causa directa y acreditada en información falsa u omitida, incumplimiento de cuidados, manipulación por terceros, consumo de sustancias o exposición contraindicada. En esos supuestos libera al estudio y al profesional respecto de los daños exclusivamente imputables a tales actos u omisiones. Esta delimitación no excluye ni reduce la responsabilidad por dolo, culpa o negligencia, higiene, seguridad, material, información, técnica profesional o cualquier obligación legal irrenunciable.
7. Fotografías
La realización y archivo de fotografías y su publicación se deciden por separado. Ambas autorizaciones son específicas, opcionales y revocables respecto de usos futuros. Rechazarlas no afecta a la prestación del servicio. La retirada no hace ilícitos los tratamientos anteriores y el estudio dejará de efectuar nuevos usos y retirará el contenido de los canales bajo su control en un plazo razonable.
8. Firma electrónica, integridad y prueba
La firma dibujada en la tableta se une a la identidad comprobada presencialmente, las elecciones realizadas, la versión íntegra del documento, fecha y hora del servidor y firma del profesional. El sistema archiva la copia exacta del PDF y calcula huellas SHA-256 de datos, firmas y archivo, protegidas además mediante HMAC con una clave privada de la instalación. Cualquier alteración posterior invalida la comprobación automática.
Este conjunto constituye una firma electrónica simple y evidencia privada trazable. Conforme al artículo 25 del Reglamento (UE) 910/2014, no puede rechazarse como prueba por el mero hecho de ser electrónica; no equivale por sí solo a una firma electrónica cualificada ni aporta una fecha certificada por un tercero de confianza. Cuando se requiera esa equivalencia o una presunción probatoria reforzada deberá utilizarse un prestador cualificado de servicios de confianza.
9. Productos y marco sanitario
Solo se utilizarán tintas o mezclas autorizadas o conformes para su uso en tatuaje o maquillaje permanente conforme a la normativa aplicable. La aceptación de riesgos inherentes no cubre el empleo de productos no conformes ni excluye las obligaciones de higiene, información y diligencia profesional.
El sistema se ha preparado tomando como referencia el Decreto 44/2003, de 15 de abril, de Castilla y León, que exige información previa sobre la práctica y medidas higiénicas, la advertencia expresa de permanencia y cuidados posteriores por escrito; la restricción REACH aplicable a sustancias en tintas de tatuaje y maquillaje permanente; el RGPD y la Ley Orgánica 3/2018 para protección de datos; y las reglas generales sobre información y consentimiento. La plantilla debe revisarse por asesoría jurídica y sanitaria cuando cambien los servicios, titular, normativa o protocolos.